Las bases reguladoras de este Programa ser regirán por el Real Decreto Ley 3/2025, de 1 de abril y por el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III 2025)
La adquisición podrá ser directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting.
Los vehículos incentivables serán de categorías M1 (turismos), N1 (furgonetas), L3e, L4e, L5e (motocicletas eléctricas) y L6e, L7e (cuadriciclos eléctricos), debiendo figurar en la Base de Vehículos del IDAE.
Personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, cuyo NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, R, W y Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
También serán destinatarios últimos de las ayudas las Entidades locales y sector público institucional.
Asimismo, las administraciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán llevar a cabo inversiones directas en una o varias de las tipologías de actuación.
El MOVES III 2025 contempla tres grupos diferentes según cuantía de la ayuda para la adquisición de motos/cuadriciclo eléctricos.
La subvención para la adquisición de un vehículo cuya motorización sea (FCV, FCHV, PHEV, EREV, BEV) categoría M1 puede variar según su autonomía, motorización, tipo de beneficiario ( persona física o empresa) y si se achatarra o no un vehículo. Estas ayudas pueden oscilar desde los 4.500 € hasta los 7.000€.
El límite de precio de venta sin impuestos de los vehículo categoría M1 y motorización (PHEV, EREV,BEV) no puede superar los 45.000 € y si el vehículo es de 8 o 9 plazas los 53.000 €
En el caso de vehículos categoría N1 cuya autonomía sea mayor o igual a 30 km la ayuda oscilará desde los 7.000€ hasta los 9.000 €
La subvención puede incrementarse si:
Estas ayudas adicionales del 10% indicadas en los párrafos anteriores no serán acumulables entre si
Si eres particular, autónomo o administración: desde el 1 de Enero de 2025 y la ayuda se podrá solicitar una vez publicada la convocatoria en el BOCCE.
En el caso de ser una persona jurídica o entidad pública con actividad económica, una vez publicada la convocatoria se deberá formular la solicitud y posteriormente adquirir el vehículo.
Para M1 y N1, en la factura debe constar un descuento de, al menos, 1.000 € del Plan MOVES III 2025 para que sea subvencionable.
Motorización | Categoría | Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (Km) Según ciclo WLTP | Límite precio venta vehículo (€) sin IVA o IGIC | Ayuda (€) | |
---|---|---|---|---|---|
Sin achatarramiento | Con achatarramiento | ||||
Pila de combustible (FCV, FCHV) | M1 | - | - | 4.500 | 7.000 |
PHEV, EREV, BEV | Mayor o igual de 30 y menos de 90 | 45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas) | 2.500 | 5.000 | |
Mayor o igual de 90 | 4.500 | 7.000 | |||
PHEV, EREV, BEV, Pila combustible | N1 | Mayor o igual de 30 | - | 7.000 | 9.000 |
BEV | L6e | - | 1.400 | 1.600 | |
L7e | 1.800 | 2.000 | |||
L3e, L4e, L5e, con P≥ 3KW | Mayor o igual de 700 | 10.000 | 1.100 | 1.300 |
Incremento adicional de un 10% para:
Los vehículos incentivados deberán mantenerse, al menos, 2 años.
Motorización | Categoría | Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (Km) | Límite precio venta vehículo (€) antes de IVA o IGIC | Ayuda (€) | |||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Sin achatarramiento | Con achatarramiento | ||||||
PYME | Gran empresa | PYME | Gran empresa | ||||
Pila combustible (FCV, FCHV) | M1 | - | - | 2.900 | 2.200 | 4.000 | 3.000 |
PHEV, EREV, BEV | Mayor o igual de 30 y menor de 90 | 45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas) | 1.700 | 1.600 | 2.300 | 2.200 | |
Mayor o igual de 90 | 2.900 | 2.200 | 4.000 | 3.000 | |||
PHEV, EREV, BEV, Pila combustible | N1 | Mayor o igual de 30 | - | 3.600 | 2.900 | 5.000 | 4.000 |
L6e | Mayor o igual de 70 | 800 | 1.000 | ||||
L7e | 1.200 | 1.500 | |||||
L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3KW | 10.000 | 750 | 700 | 950 | 900 |
El límite de precio para adquirir un vehículo eléctrico es de 45.000 € si es de 5 plazas, y de 53.000 € si es un vehículo de 8 ó 9 plazas. (SIN IPSI)
Bases MOVES III 2025: https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/moves-iii-2025
Vehículos subvencionables MOVES III 2025: https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III