Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible

moves iii 2025 movilidad eficiente y sostenible

moves iii 2025

Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible

Las bases reguladoras de este Programa ser regirán por el Real Decreto Ley 3/2025, de 1 de abril y por el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III 2025)

Formas de adquisición de vehículos

Formas de adquisición de vehículos

La adquisición podrá ser directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting.

Vehículos incentivables

Los vehículos incentivables serán de categorías M1 (turismos), N1 (furgonetas), L3e, L4e, L5e (motocicletas eléctricas) y L6e, L7e (cuadriciclos eléctricos), debiendo figurar en la Base de Vehículos del IDAE.

Posibles beneficiarios

Personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, cuyo NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, R, W y Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.

También serán destinatarios últimos de las ayudas las Entidades locales y sector público institucional.

Asimismo, las administraciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán llevar a cabo inversiones directas en una o varias de las tipologías de actuación.

Ayudas para comprar moto eléctrica o cuadriciclo

El MOVES III 2025 contempla tres grupos diferentes según cuantía de la ayuda para la adquisición de motos/cuadriciclo eléctricos.

  • L7e La ayuda puede ser de 1.800 € a 2.000 € según sea con achatarramiento o sin achatarramiento para persona física o autónomo y de 1.200 € a 1.500 € empresa
  • L6e La ayuda puede ser de 1.400 € a 1.600 € según sea con achatarramiento o sin achatarramiento y de 800 € a 1.000 € para empresa
  • L3e, L4e, L5e con potencias superiores a 3 kW/H y una autonomía mayor o igual de 70 y siempre que el límite de precio sea 10.000 € la ayuda puede ser de 1.100 € a 1.300€ según sea con achatarramiento o sin achatarramiento y desde 750 € a 900 € para empresa.

Ayudas para comprar un turismo o furgoneta

La subvención para la adquisición de un vehículo cuya motorización sea (FCV, FCHV, PHEV, EREV, BEV) categoría M1 puede variar según su autonomía, motorización, tipo de beneficiario ( persona física o empresa) y si se achatarra o no un vehículo. Estas ayudas pueden oscilar desde los 4.500 € hasta los 7.000€.

El límite de precio de venta sin impuestos de los vehículo categoría M1 y motorización (PHEV, EREV,BEV) no puede superar los 45.000 € y si el vehículo es de 8 o 9 plazas los 53.000 €

En el caso de vehículos categoría N1 cuya autonomía sea mayor o igual a 30 km la ayuda oscilará desde los 7.000€ hasta los 9.000 €

Casos en los que se puede incrementar la subvención

La subvención puede incrementarse si:

  • Vehículos de categoría M1 cuando el beneficiario sea persona física con discapacidad por movilidad reducida y tenga que adaptar el vehículo para su conducción, siempre que esta adaptación este recogida en la ficha técnica, se incrementará la ayuda un 10%.
  • Vehículos de categoría N1 adquirido por parte de profesionales autónomos con discapacidad por movilidad reducida que adapten el vehículo para su conducción, siempre que esta adaptación este recogida en la ficha técnica, se incrementará la ayuda un 10%.
  • Vehículos de categoría M1 que se destinen al uso del taxi, tendrá una ayuda adicional del 10%, siempre que se acredite en el permiso de circulación, en el campo D4 del vehículo adquirido, conste PUBL-Taxi (código AO4).
  • Vehículos de categoría M1 que se destinen a servicios de vehículos de transporte con conductor (VTC) se incrementará la ayuda un 10% siempre que se acredite, en el permiso de circulación en el campo D4, conste alquiler con conductor (ACC).

Estas ayudas adicionales del 10% indicadas en los párrafos anteriores no serán acumulables entre si

¿Cuándo puedes adquirir el vehículo?

Si eres particular, autónomo o administración: desde el 1 de Enero de 2025 y la ayuda se podrá solicitar una vez publicada la convocatoria en el BOCCE.

En el caso de ser una persona jurídica o entidad pública con actividad económica, una vez publicada la convocatoria se deberá formular la solicitud y posteriormente adquirir el vehículo.

Para M1 y N1, en la factura debe constar un descuento de, al menos, 1.000 € del Plan MOVES III 2025 para que sea subvencionable.

Cuantía de las ayudas para particulares, autónomos y administración sin actividad económica

MotorizaciónCategoríaAutonomía en modo de funcionamiento eléctrico (Km) Según ciclo WLTPLímite precio venta vehículo (€) sin IVA o IGICAyuda (€)
Sin achatarramientoCon achatarramiento
Pila de combustible
(FCV, FCHV)
M1--4.5007.000
PHEV, EREV, BEVMayor o igual de 30 y menos de 9045.000
(53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas)
2.5005.000
Mayor o igual de 904.5007.000
PHEV, EREV, BEV, Pila combustibleN1Mayor o igual de 30-7.0009.000
BEVL6e-1.4001.600
L7e1.8002.000
L3e, L4e, L5e, con P≥ 3KWMayor o igual de 70010.0001.1001.300

Incremento adicional de un 10% para:

Los vehículos incentivados deberán mantenerse, al menos, 2 años.

Cuantía de las ayudas para empresas y administración con actividad económica

MotorizaciónCategoríaAutonomía en modo de funcionamiento eléctrico (Km)Límite precio venta vehículo (€) antes de IVA o IGICAyuda (€)
Sin achatarramientoCon achatarramiento
PYMEGran empresaPYMEGran empresa
Pila combustible
(FCV, FCHV)
M1--2.9002.2004.0003.000
PHEV, EREV, BEVMayor o igual de 30 y menor de 9045.000
(53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas)
1.7001.6002.3002.200
Mayor o igual de 902.9002.2004.0003.000
PHEV, EREV, BEV, Pila combustibleN1Mayor o igual de 30-3.6002.9005.0004.000
L6eMayor o igual de 708001.000
L7e1.2001.500
L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3KW10.000750700950900

El límite de precio para adquirir un vehículo eléctrico es de 45.000 € si es de 5 plazas, y de 53.000 € si es un vehículo de 8 ó 9 plazas. (SIN IPSI)

Documentos y enlaces de interés

Bases MOVES III 2025: https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/moves-iii-2025

Vehículos subvencionables MOVES III 2025: https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III

Financiado por la unión europea