Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

moves iii 2025 movilidad eficiente y sostenible

moves iii 2025

Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

Las bases reguladoras de este Programa ser regirán por el Real Decreto Ley 3/2025, de 1 de abril y por el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III 2025)

Tipos de infraestructuras subvencionables

Tipos de infraestructuras subvencionables

La infraestructura de recarga subvencionable, a través de la modalidad de adquisición directa, podrá ser tanto de acceso público, como privado. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica y de servicio d e comunicaciones para dotar d e recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico.

Potencias y tipos de usos

La infraestructura de recarga podrá ser de cualquier potencia y estar destinada a los siguientes usos:

  • Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
  • Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
  • Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
  • Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
  • Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
  • Uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio.

Posibles beneficiarios

Personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, cuyo NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, R, W y Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.

También serán destinatarios últimos de las ayudas las Entidades locales y sector público institucional.

Asimismo, las administraciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán llevar a cabo inversiones directas en una o varias de las tipologías de actuación.

¿Cuándo puedes implantar la infraestructura de recarga?

Si eres particular, un autónomo o administración: desde el 1 de enero de 2025 y la ayuda se podrá solicitar una vez publicada la convocatoria en el BOCCE.

En el caso de ser una persona jurídica o entidad pública con actividad económica, una vez publicada la convocatoria se deberá formular la solicitud y posteriormente adquirir la infraestructura de recarga.

Posibles beneficiarios

Tipo de beneficiarioPorcentaje de ayuda
Particulares, comunidades de propietarios, autónomos, administración sin actividad económica en el mercado70%
Empresas, acceso público y potencia ≥ 50 KW40% mediana empresa
50% pequeña empresa
Empresas, acceso público y potencia < 50 KW30% de pequeña y mediana empresa

Documentos y enlaces de interés

Bases MOVES III 2025: https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/moves-iii-2025

Vehículos subvencionables MOVES III 2025: https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III

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